- El 2 de enero de 2025 se debiera comenzar con el recibimiento de los establecimientos.
“Atendido que los hechos expuestos en el recurso de protección no dan cuenta de la existencia de una vulneración o amenaza a la garantía constitucional que invoca, teniendo asimismo presente que la implementación de los Servicios Locales de Educación Pública obedecen a lo dispuesto en la ley 21.040 y a sus artículos transitorios, no es posible establecer de los presupuestos fácticos que invoca el recurrente la existencia de vulneración a la garantía constitucional aludida en los términos pretendidos por el actor” es parte de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que finalmente declaró inadmisible el recurso de protección (RIT 2385-2024) interpuesto por la COMDES Calama en contra del SLEP Licancabur.
Recordemos que la acción de la corporación, ingresada con fecha 16 de diciembre, precisaba que “en razón del comunicado oficial el día 14 de diciembre de 2024 efectuado por el Ministerio de Educación en su página oficial, en cuanto se informa la efectiva implementación de del SLEP Licancabur, lo cual significará vulneración grave a los legítimos derechos fundamentales de mis representadas”.
En base a lo anterior, la implementación del SLEP Licancabur continuará con su proceso, el que prevé para el próximo 2 de enero la recepción de los establecimientos.
Intentamos obtener una declaración del alcalde, Eliecer Chamorro, pero hasta el cierre de esta edición, no logramos obtener respuesta.